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Vamos Villa María propone el uso de dispositivos para medir la calidad de aire en lugares cerrados

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Un curioso pero bien intencionado proyecto fue presentado por concejales del Bloque Vamos Villa María, tendiente a medir la calidad de algunos lugares cerrados, tales como escuelas, bares, gimnasios, escuelas de bailes, dependencias públicas, oficinas, entre otros, y así prevenir la propagación del coronavirus.

Leé con detenimiento este proyecto:

Villa María, 03 de Agosto de 2021.

Al Vicepresidente 1° del Concejo Deliberante
De la ciudad de Villa María
A cargo de la Presidencia
Abg. Carlos R. De Falco
S/D
________________________________
De nuestra mayor consideración:
Los concejales abajo firmantes, integrantes del Bloque Vamos Villa María, nos dirigimos a Ud. y por su intermedio al cuerpo que preside, a los efectos de presentar para su tratamiento y posterior aprobación un Proyecto de Ordenanza solicitando la instalación de dispositivos detectores de calidad de aire en ambientes con mucha aerosolizacion o son cerrados.
El presente proyecto tiene el objetivo de evitar la propagación de COVD-19 en ambientes poco ventilados y con mucha aerosolizacion. Con esto se busca implementar, en la ciudad de Villa María, dispositivos de detección del nivel de concentración de dióxido de carbono (CO2) en espacios como escuelas, bares, gimnasios, escuelas de bailes, dependencias públicas, oficinas, entre otras.
De acuerdo a estudios científicos, la concentración de dióxido de carbono (CO2) exhalado puede ser un buen estimador del riesgo asociado a contagio en este tipo de ambientes.
Cuando se habla de transmisión por aerosoles, significa que cuando respiramos o hablamos, se emiten gotas finas que quedan flotando en el aire varios minutos e incluso horas dependiendo de su tamaño. Y en ambientes poco ventilados eso puede ser un foco de contagio incluso cuando se respetan las medidas de distancia y la correcta utilización de barbijos.
El virus SARS-CoV-2 que produce el COVID-19 se propaga, entre otras formas, por pequeñas partículas respiratorias (aerosoles) que quedan suspendidas en el aire durante minutos u horas especialmente en lugares poco ventilados.
Actualmente la comunidad científica y organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) afirman que la transmisión por aerosoles es una de las principales vías de contagio del coronavirus.
Es por ello que, colocar en ambientes cerrados medidores de CO2 como un indicador de la ventilación, en particular para controlar si hay suficiente renovación de aire, evitando la concentración de aire, y de esta forma la propagación del virus.
Existen dispositivos inteligentes que son de fácil acceso y que ayudan a detectar si el ambiente que compartes con otras personas no está suficientemente ventilado, para actuar y disminuir la probabilidad de contagio, indicando en tiempo real la concentración de dióxido de carbono existente en el ambiente, la calidad del aire, indicando cuando y como debes ventilar el ambiente.
Este principio se aplica no sólo al COVID-19, sino a otras infecciones como la tuberculosis o cualquier otra que potencialmente se transmita por aire.
En virtud de la situación actual de la ciudad respecto a la pandemia decretada por el virus COVID19, la instalación de estos dispositivos resulta esencial para retomar “paulatinamente y de forma segura” las actividades que actualmente están suspendidas o restringidas por la pandemia.
Asimismo, de esta forma, ofrecemos a los villamarienses ambientes seguros garantizando el derecho a la salud, recreación, educación presencial, trabajo, etc.
Por todo lo expuesto y la importancia en la vigilancia sobre la calidad del aire para evitar la propagación de enfermedades, es que invitamos a la aprobación de éste proyecto.

 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA MARÍA
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Villa María
Sanciona con fuerza de ORDENANZA

Artículo 1º.- DISPONER la instalación de dispositivos detectores la concentración de dióxido de carbono (CO2) en ambientes cerrados, poco ventilados y/o con mucha aerosolización.
Artículo 2º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal para que reglamente la presente Ordenanza a los fines de determinar quienes deberán cumplir con dicho requisito, e implemente un mecanismo de asistencia financiera y de facilitación para la adquisición de dichos dispositivos a los sujetos obligados.
Artículo 3°. – SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área de habilitaciones o en su defecto, la que corresponda, establezca el protocolo conveniente para acordar la implementación de los mismos dependiendo las características del lugar, sea del ámbito público o privado.
Artículo 4°. – Protocolícese, comuníquese, publíquese, dese al Registro y Boletín Municipal y archívese


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