«No es un decreto que asignaba una partida presupuestaria a una obra en particular. Decía que esos fondos podían gastarse en obras viales, no solo de Lázaro Báez sino de cualquiera que las realizara», afirmaron las fuentes consultadas.
También será cuestionada la utilización de los mensajes de WhatsApp extraídos del teléfono celular del ex ministro de Obras Públicas, José López, que fueron considerados como material de prueba por el tribunal, con la intención de establecer una supuesta vinculación de la ex presidenta con los movimientos de las empresa de Báez en los meses previos al recambio de gobierno de diciembre de 2015.
Para los jueces del TOF 2, los diálogos entre López y un secretario presidencial de aquel momento son prueba de que la Vicepresidenta estaba al tanto de las supuestas maniobras, aunque no hubiera ningún mensaje emitido por ella misma.
«¿Quién más que la entonces Presidenta, a través de su asistente personal, podría ordenarle a un Secretario de Estado que se hiciese presente en la quinta de Olivos o en Casa de Gobierno a una hora determinada?», se preguntaron los jueces.
Las fuentes consultadas señalaron que si la inferencia del TOF 2 fuera correcta habría bastado con citar en calidad de testigos a quienes mantuvieron las comunicaciones con López para que las pudieran explicar, cosa que no ocurrió a lo largo del juicio oral.
Otro de los puntos que atacará la defensa es el vinculado al supuesto interés económico personal de la Vicepresidenta en los negocios de Báez: «Para esa construcción, los jueces invocaron la causa Hotesur en varias oportunidades, pero en esa causa, al menos por ahora, todos los imputados están sobreseídos y la está revisando Casación», advirtieron.
«Fue el propio Tribunal el que rechazó tratar de modo conjunto el caso Vialidad con Hotesur-Los Sauces. Es inexplicable que ahora vayan a buscar elementos de otros expedientes, que no fueron valorados en este juicio ni en ningún otro proceso oral y público para construir la condena», resaltaron las mismas fuentes.
A partir de la difusión de los argumentos del fallo condenatorio, los abogados de las partes tendrán 10 días hábiles para presentar sus apelaciones aunque se descuenta que ese plazo se extenderá de oficio o a pedido de las defensas de los acusados, porque se trata de un fallo muy extenso y un causa de las denominadas «complejas».
Fuente: minutouno.com