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García Elorrio busca suspender la interrupción legal del embarazo en Córdoba

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El legislador en uso de licencia Aurelio García Elorrio intenta que la Justicia provincial suspenda el protocolo que se utiliza en el sistema de salud de Córdoba para realizar las interrupciones voluntarias de embarazos enmarcadas en la ley nacional 27.610. En una jugada “espejo” con Portal de Belén, que cuestiona la constitucionalidad de esa norma en la Justicia Federal, García Elorrio acusa al Gobierno provincial de incumplir la Constitución Provincial al acatar la ley y “no defender al niño por nacer”.

El proceso iniciado por García Elorrio tiene dos vías: el amparo, que está en trámite y debe ser respondido por el Estado provincial, y la medida cautelar para suspender las interrupciones de embarazo (legales o voluntarias) mientras se sustancia el primero.

La cautelar fue rechazada por la Cámara Contencioso en lo Administrativo de Primera Nominación, por lo que el referente de Encuentro Vecinal acudió en queja al Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que concedió la apelación.

De aceptarse la medida cautelar o el amparo en el ámbito provincial, podría volverse a una situación análoga como la que ocurrió durante siete años en Córdoba, entre 2012 y 2019, cuando por recursos interpuestos por Portal de Belén estuvo suspendida en hospitales provinciales la Guía de Aborto no Punible, aunque no en los hospitales nacionales (Maternidad y Clínicas). “Un juez provincial no tiene jurisdicción en hospitales nacionales”, reconoce García Elorrio. Finalmente, el TSJ consideró que la Guía es constitucional.

En el pedido de amparo tiene tres tópicos.

Dice García Elorrio : “Si el Estado Federal abdica de cumplir sus facultades en materia de salubridad respecto de los niños no nacidos, el Estado Provincial debe hacerlo por la doble obligación que tienen sus funcionarios de respetar la Constitución Nacional y la Provincial”. En ese marco, dice que la ley de ILE realiza un “raid destructivo del derecho nacional”.

Luego, García Elorrio sostiene que con la aplicación de la ley, Córdoba renunció al “poder de policía” sobre el sistema de salud: “El cómo se lleva adelante la profesión médica en Córdoba (…) y cuáles son los criterios que deben cumplimentar los profesionales de la salud es materia de legislación provincial . Y estos principios son muy distintos a los establecidos la ley 27.610, que autoriza a que cualquier mujer pueda requerir y acceder a un aborto, incluso sin dar ningún motivo de ello, (mientras que) la ley provincial de salud impulsa a los médicos a proteger la vida humana desde la concepción y prohíben las prácticas abortivas”.

Y agrega: “Es un sistema el provincial para la vida y para custodiar la salud, nunca para eliminar la vida de niños no nacidos inocentes. Es un sistema que busca la promoción, protección y recuperación de la salud, nunca autoriza la muerte como acto médico”.

Finalmente, cuestiona que el sistema de atención primaria realice interrupciones de embarazos farmacológicos, suministrando misoprostol a niñas menores de 18 años. Aquí, García Elorrio sostiene que el “uso pediátrico” del misosprostol está prohibido, y considera que la mujer menor de 18 años debe ser tratada como un paciente pediátrico.

ABORTO SEGURO

García Elorrio intenta desacreditar el argumento del aborto seguro, eje sanitario de la ILE. Dice: “No podemos dejar este punto sin mostrar la ilogicidad del planteo del poder de turno que la mujer va a seguir abortando; por lo tanto, hay que permitirle que lo haga en condiciones de salubridad. Es tan ilógico e irracional el planteo que si se usara el mismo razonamiento para los problemas de seguridad y agresiones graves por robos, deberíamos instalar ‘robódromos’ donde por sorteo nos asalten con control policial de forma que nos roben y no nos golpeen”.

Sin datos, dice en el planteo: “Ahora veremos a todo un sistema educativo y de salud invitando a las mujeres a resolver sus problemas reproductivos de cualquier tipo con el misoprostol; y quien se oponga o demore, caerán sobre él todas las sanciones posibles”.

En términos similares a los que utilizó Portal de Belén para frenar durante siete años la Guía de Aborto No Punible, planteo finalmente rechazado por el TSJ, García Elorrio dice que “en los casos reales de embarazo por violación, como la mayoría suceden en el entorno doméstico, se elimina la prueba y se perpetúa la situación de abuso sobre la mujer”.

Aunque buena parte de la fundamentación de García Elorrio se basa en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, vale recordar que el Comité de los Derechos del Niño, es decir el organismo internacional que surge de la Convención, instó al Estado argentino –durante el debate por la ley de interrupción voluntaria del embarazo– a garantizar el acceso a servicios de aborto seguro para las adolescentes.

Números

De acuerdo con los datos que aporta García Elorrio, desde diciembre de 2019 hasta abril de este año se registraron 1.547 interrupciones (legales o voluntarias) de embarazos en Córdoba.


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